¿Por qué digo que te conviene saber? Pues la verdad es que este tema ha sido muy impulsado por el gobierno, han enviado algunas alertas que quizá no has cachado como tal, pero por todos lados te dicen que esto va a ser un tema de responsabilidad personal, es decir, LA ÚNICA PERSONA RESPONSABLE DE SU PROPIO VIEJITO ERES TÚ MISMO, por lo que te conviene tomar acción AHORITA. El punto radica en que aún no hay personas que se pensionen con el modelo de AFORE, por lo tanto, no han visto el impacto real. No sé tú, pero desde mi punto de vista, dado que es TU LANA y la has ganado con TU ESFUERZO, considero que te conviene saber a dónde irá. Es por ello que te comparto estos 5 conceptos:
1. ¿Qué es la AFORE?
Es una Administradora de Fondos para el Retiro. Su finalidad es el manejo de los fondos para el retiro de los trabajadores. Las AFORES son empresas financieras debidamente autorizadas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y supervisadas por la CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro)
(Es una cuenta para tu retiro que te administra alguien –Bancos, Aseguradoras, Instituciones– que tú elijes o que te eligieron porque no lo hiciste tú).
2. ¿Quién puede hacer uso de una AFORE?
Si estás afiliado al IMSS, ya la hiciste.
3. ¿Cómo funcionan las AFORES?
Las AFORES no son un banco, ni una aseguradora. Son instituciones que se dedican exclusivamente a administrar e invertir los recursos depositados en la cuenta individual de los trabajadores y tienen el objetivo de ofrecer al trabajador una pensión en el momento de su retiro.
4. ¿Qué es la cuenta individual y qué aportaciones se registran en ella?
Es la cuenta personal y única de cada trabajador administrada por la AFORE.
Durante tu vida laboral como trabajador se acumulan las aportaciones que realizan:
1. El patrón.
2. El gobierno.
3. Tú como trabajador.
A su vez, las aportaciones que se registran son:
• Retiro, Cesantía y Vejez (RCV).
• Cuota Social.
• Aportaciones voluntarias.
• Aportaciones complementarias.
• Subcuenta de SAR 92 (para los trabajadores que cotizaron antes de julio de 1997).
• Vivienda.
5. ¿Qué es la subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez (RCV) y Cuota Social (CS)?
En esta subcuenta se depositan las aportaciones tripartitas, es decir, las que realizan tu patrón, el gobierno federal y TÚ como trabajador. Las aportaciones son bimestrales y se realizan en la siguiente proporción por cada día cotizado en el IMSS:
- Patrón: el 2% de tu salario base de cotización para retiro y 3.15% de tu salario base de cotización para cesantía en edad avanzada y vejez.
- Gobierno: 0.225% del salario base de cotización por cesantía en edad avanzada y vejez.
- TÚ como trabajador: 1.125% sobre el salario base de cotización.
- Cuota Social: la aporta el gobierno y depende de los Salarios Mínimos que perciba el trabajador. Para trabajadores que ganan más de 15 Salarios Mínimos, no hay cuota social.
Entonces, en total, a este rubro aportas 6.5% de tu sueldo. (Tu me dirás: ¿con el 6.5% de tu sueldo podrás conservar el nivel de vida que llevas?)
Pues bien, ya hemos terminado, por el momento, con los conceptos básicos, me interesa que conozcas esto, para que no te cuenten solo la parte linda.
Ahora que ya llegaste hasta este punto, te recomiendo complementar tu conocimiento con este artículo: «¿Qué onda con mi pensión del IMSS y mi AFORE? ¿Va a ser suficiente?».
Agradezo a Alberto Chávez por su valiosa aportación
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